Asegurar el valor nutritivo de un alimento, aumentar su conservación, potenciar el sabor, la textura, etc… son algunas funciones de los aditivos alimentarios, cuyo uso en la industria alimentaria es muy común para mejorar los procesos de elaboración, conservación, transporte, almacenaje, etc.
Pero, ¿Quién determina qué aditivo se puede aplicar en un alimento? ¿Puedo comercializar mi producto en toda la UE? Con anterioridad a 2008 la legislación comunitaria en la materia se ha desarrollado partiendo de las directivas dictadas en los años 90, lo que provocaba desajustes en tiempo y en forma ante la diversidad normativa de cada Estado Miembro. El Reglamento nº 1130/2011 de la Comisión, aprobado el pasado 11 de noviembre de 2011 pondrá fin a esta situación identificando una lista de aditivos alimentarios de aplicación común para toda la UE que aportará la seguridad jurídica que las empresas necesitan para exportar.
Los aditivos alimentarios son uno de los aspectos que más preocupa a la industria de la alimentación en particular y al consumidor, en general. Se trata de un tema ignorado y que sin embargo es clave para dar soluciones a las necesidades de seguridad alimentaria, disponibilidad, comodidad y variedad de alimentos, en general que demandamos los consumidores. Esto se realiza a través de las nuevas tecnologías de transformación de alimentos, entre las que se encuentran los aditivos.
Los aditivos tienen como función asegurar la seguridad y la salubridad de lo que comemos, aumentar la conservación o estabilidad del producto, hacer posible la disponibilidad de alimentos fuera de temporada, mantener el valor nutritivo del alimento, potenciar la aceptación del consumidor, y en definitiva ayudar a la fabricación, transformación, preparación, transporte y almacenamiento del alimento así como dar homogeneidad al producto.
Según AESAN, (Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición), los aditivos son sustancias que se añaden intencionadamente a los alimentos con un propósito tecnológico. Los aditivos no se consumen como alimentos ni se usan como ingredientes característicos en la alimentación, independientemente de que tengan o no valor nutritivo.
Tipo de aditivos alimentarios
El uso de los aditivos ha existido siempre, pero ha sido en los últimos años cuando la tecnología ha permitido avanzar considerablemente. Gracias a todos los beneficios que son capaces de aportar a los alimentos para dar responder a las necesidades del consumidor actual, hoy el empleo de los aditivos supone una práctica habitual para la industria alimentaria. De acuerdo a estas funciones, los aditivos pueden ser aromatizantes, colorantes, antioxidantes, conservantes, acidulantes, edulcorantes, espesantes, derivados del almidón, potenciadores del sabor o emulsionantes.
Hacia una armonización comunitaria
Con el propósito de establecer regulación internacional armonizada y común que regulen el uso de estos aditivos de igual manera en todos los Estados Miembros de la UE, el pasado viernes 11 de noviembre la Comisión Europea aprobó los Reglamentos de aplicación a todos los Estados Miembros, se trata, por una parte, del Reglamento (UE) nº 1130/2011 de la Comisión, de 11 de noviembre de 2011, por el que se establece una lista de aditivos alimentarios de la Unión autorizados para ser empleados en aditivos alimentarios, enzimas alimentarias, aromas alimentarios y nutrientes, que se aplicará a partir del 2 de diciembre de 2011, salvo excepciones.
Asimismo, también se aprobó el Reglamento (UE) nº 1129/2011 de la Comisión de 11 de noviembre de 2011, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CE) n o 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo para establecer una lista de aditivos alimentarios de la Unión, que se aplicará a partir del 1 de junio de 2013, salvo excepciones.
Según José Miguel García, Técnico del Departamento de Legislación de ainia, “la aprobación de este reglamento es una de las iniciativas más importantes desarrollada en materia de alimentos desde la Comisión Europea porque acaba con una situación ambigua y complicada en cuanto a la autorización del uso de aditivos en diferentes países de la Unión”, señala. “Hasta la fecha las diferentes administraciones estatales han estado poniendo en marcha su propias normativas –en el caso de España a través de Reales Decretos- siguiendo las directrices de la Directiva Europea del año 2001.”
“Era urgente desarrollar un Reglamento por parte de la Comisión Europea que identificara un listado de los aditivos autorizados con el fin de facilitar las entradas en los mercados de las empresas exportadoras dentro de la Unión”, asegura García. “Este Reglamento de aplicación común otorgará una seguridad jurídica, pues ya no será necesario a la hora de emprender acciones de exportación estudiar las diferentes normativas de uso de aditivos de cada país”.
“Otros aspectos importantes que aportará la iniciativa es que los trámites de modificación o autorización de nuevos aditivos serán más sencillos y su aplicación directa, homogénea y coincidente en el tiempo en todos los miembros de la UE”, explica, “lo que facilitará mucho la búsqueda de nuevos mercados a las empresas”.
“¿En que afectará a las empresas este Reglamento también? En la línea del etiquetado de los productos, por ejemplo, teniendo en cuenta la próxima publicación del nuevo Reglamento de etiquetado, o, también, en la mayor facilidad de entendimiento de qué aditivos usar, dónde y cómo usarlos. La lista que se elabora orienta para su uso y aplicación”, concluye.
En este ámbito, desde AINIA se realiza un asesoramiento global que va desde la consulta en materia de legislación especializada hasta el uso y control analítico de aditivos alimentarios cuyos parámetros y ensayos están acreditados por ENAC.
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