A partir de ahora vinos aromatizados, bebidas a base de vino aromatizado y cócteles aromatizados de productos vitivinícolas podrán incorporar el dióxido de azufre y de sulfitos (E 220-228). Se ha aprobado el uso de este aditivo alimentario como conservante y antioxidante en productos aromatizados a base de vino, por el Reglamento (UE) nº 59/2014.
Aunque el dióxido de azufre y los sulfitos ya estaban autorizados en vino, hasta ahora en productos aromatizados a base de vino, como por ejemplo los vermuts y otro tipo de bebidas alcohólicas consumidas habitualmente como alternativa a otras bebidas alcohólicas como el vino, no estaban autorizados.
En este sentido, La UE ha considerado positivamente la solicitud para ampliar el uso de los aditivos mencionados, y en consecuencia ha procedido a la modificación del Reglamento 1333/2008 para posibilitar esta nueva aplicación de los sulfitos.
Por ello, desde la aprobación del Reglamento (UE) nº 59/2014 se autoriza la utilización de dióxido de azufre y sulfitos (E 220-228) en productos aromatizados a base de vino.
¿Por qué es técnicamente necesario su uso en estos productos?
El uso de dióxido de azufre y de sulfitos (E 220-228), en productos aromatizados a base de vino, es necesario principalmente por tres motivos:
• Para impedir la oxidación
• Para evitar contaminaciones microbiológicas
• Para mejorar la conservación del sabor y del color de los productos
Es preciso proteger estos productos, como por ejemplo los vermuts, ya que a menudo se conservan durante mucho tiempo después de abrir la botella.
El Comité Científico de la Alimentación Humana fija la ingesta diaria admisible (E 220-228)
El Comité Científico de la Alimentación Humana ha considerado este nuevo uso y entiende que esta ingesta adicional no va conducir a un incremento sobre el total y por lo tanto no hay inconveniente en autorizar el nuevo uso en:
• Vinos aromatizados
• Bebidas a base de vino aromatizado
• Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas
Con esta nueva utilización, la exposición adicional al dióxido de azufre y los sulfitos (E 220-228) será limitada y no conducirá a un incremento de la ingesta total.
Actualización de la lista de aditivos alimentarios de la UE
Por tanto, el dióxido de azufre y de sulfitos (E 220-228) se incluye como conservante y antioxidante en productos aromatizados a base de vino en la lista de aditivos alimentarios de la UE (Reglamento (CE) nº 1333/2008) al considerarse que está exento de repercusiones en la salud humana y no es necesario solicitar el dictamen de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria.
En el siguiente enlace podemos ver todos los usos autorizados, por la UE, del dióxido de azufre y de sulfitos (E 220-228) como aditivo alimentario.
Si quiere saber mas, contacte con José Mª Ferrer, Jefe del Departamento de Legislación de ainia, [email protected]
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Foto de Angela Rutherford publicada en Flickr