La información y el etiquetado en los productos alimenticios es un elemento clave para su adecuada comercialización y para garantizar la seguridad alimentaria. Como indicamos en uno de nuestros últimos artículos, se esperan novedades para 2023 que afectarán al etiquetado de los alimentos. En este artículo comentamos algunos de los aspectos que consideramos de mayor relevancia sobre las futuras novedades legislativas.
De acuerdo con los proyectos que se han ido gestando en los últimos años en el ámbito nacional las dos temáticas sobre las que podríamos ver novedades legislativas son las referidas a la regulación y control de la publicidad de alimentos y bebidas con alto contenido en grasa, azúcares y sal dirigida a público infantil y el proyecto para la utilización voluntaria del sistema de etiquetado nutricional frontal en los alimentos.
Además de estas iniciativas en el ámbito nacional, también están pendientes otros temas que vendrán desde Bruselas como consecuencia del desarrollo de las medidas legislativas que se proponían con la Estrategia de la granja a la mesa, en el caso del etiquetado y la información hemos de prestar especial atención a las siguientes:
- Establecimiento de perfiles nutricionales para restringir la promoción de alimentos con alto contenido en sal, azúcares o grasas
- Propuesta sobre un etiquetado obligatorio armonizado sobre propiedades nutritivas en la parte frontal de los envases
- Propuesta para exigir la indicación de origen en determinados productos
- Propuesta para un marco de etiquetado de alimentos sostenibles
- Propuesta para una revisión de las normas de la UE sobre la indicación de fechas («fecha de caducidad» y «fecha de consumo preferente»)
Como decía debemos prestar especial atención a la evolución de la legislación en esta materia, pero además de ello también observamos que el etiquetado es fuente constante de noticias, tanto en los medios especializados como generalistas, algunos ejemplos de noticias publicadas en las últimas semanas:
- Etiquetado de origen para los frutos secos
- Etiquetado más claro sobre el origen de la miel
- Inmovilización alimentos por incumplimiento en el etiquetado
Reflexión
Estamos observando que todo lo que gira en torno al etiquetado y la información sobre los alimentos es fundamental para la actividad del sector agroalimentario. No podemos olvidar que el principal objeto de la información alimentaria es que todos los consumidores contemos con información clara y precisa para asegurar un nivel de protección elevado de la salud y que nos permita la adquisición de los alimentos con conocimiento de causa y sin que nos induzca a error o confusión sobre las características de los alimentos.
Contamos con una regulación (Reglamento 1169/2011) consistente y que con carácter general cubre la mayor parte de las cuestiones que son necesarias para informar sobre los alimentos. Aunque, como todo en la vida, es susceptible de mejora para lograr que los operadores alimentarios tengan mayor seguridad jurídica a la hora de trasladar la información y los consumidores puedan contar con todos los datos que necesiten para realizar una compra adecuadamente informada.
Entre los elementos de mejora, considero que debe realizarse un esfuerzo por parte del legislador a la hora de definir o concretar el empleo de la terminología que desde la industria se utiliza para trasladar las características de los alimentos, por supuesto siempre desde el respecto al principio de no inducción a error al consumidor y cumpliendo con los criterios marcados para la información voluntaria en el artículo 36 del Reglamento 1169/2011:
- no inducirá a error al consumidor;
- no será ambigua ni confusa para los consumidores, y
- se basará, según proceda, en los datos científicos pertinentes.
En este caso nos referimos al empleo de términos que no están contemplados en la legislación sobre declaraciones nutricionales (Reglamento 1924/2006), como por ejemplo es el caso de “natural”, “tradicional”, entre otros o la información que se traslada para constatar que el producto es “sostenible”, aunque este es otro tema para tratar de forma exclusiva.
No sólo es necesario avanzar más en el empleo de algunos conceptos o términos como decimos, también debe trabajarse para lograr alinear la legislación sobre etiquetado de los alimentos en función del progreso tecnológico, los avances científicos, la protección de la salud de los consumidores y el uso seguro de los alimentos, valorando la posibilidad de ampliar las menciones obligatorias adicionales para categorías o tipos específicos de alimentos que ya contempla actualmente el Anexo III del Reglamento 1169/2011.
Otro campo en el que también se demanda mayor evolución es en el relativo a los alérgenos para reexaminar y, si procede, actualizar la lista de sustancias o productos que causan alergias o intolerancias en función de los avances científicos y los conocimientos técnicos más recientes.
Estas son algunas de las inquietudes en la materia que trataremos en el curso de etiquetado online que iniciaremos el próximo 8 de marzo de 2023, si por tú actividad estás en contacto con los aspectos ligados a la información y etiquetado de los alimentos, contamos contigo.
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