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La regulación de la Unión Europea sobre límites de contaminantes en los alimentos (Reglamento 1881/2006) en la actualidad no contempla niveles máximos para el níquel como contaminante en los productos alimenticios. No obstante, viendo los trabajos que se están desarrollando por parte de EFSA es de prever que en el medio plazo se determinen. Comentamos algunos de los aspectos más relevantes de esta cuestión en el artículo.
Reciente se ha publicado por parte de EFSA la actualización de la evaluación de riesgos de níquel en los alimentos. En los trabajos desarrollados hasta la fecha se han considerados los datos aportados por los Estados miembro como consecuencia de las recomendaciones de 2016, tanto para alimentos como para piensos. Además de estos elementos también se toma en consideración la regulación existente sobre materiales en contacto con los alimentos (Reglamentos 1935/2004 y 2023/2006) y las limitaciones en cuanto a las migraciones de níquel (Reglamento 10/2011) que presenta un límite de migración específico para el níquel de 0,02 mg/kg de alimento o simulante alimentario de materiales plásticos.
Los trabajos desarrollados por EFSA se han apoyado en buena medida en la información que, durante los años 2016, 2017 y 2018 han facilitado los Estados miembros en relación a la presencia de níquel en alimentos y en piensos de acuerdo con lo que planteó a través de las recomendaciones publicadas en el DOUE en 2016:
En el caso de la Recomendación 1111/2016 para valorar los datos de níquel en los alimentos, la recogida de datos se centró en los siguientes productos:
Por tanto, en es de esperar que en su caso la regulación futura tenga en cuenta estos productos controlados. Aunque ahora mismo, ante la inexistencia de legislación específica que fije límites para el níquel en los alimentos con carácter general, hemos de considerar algunas disposiciones específicas como las de materiales en contacto con los alimentos y también las relativas al agua de consumo humano que nos permiten tener algunas referencias sobre los límites que podrán aplicarse en el níquel.
Adicionalmente a la investigación de EFSA, se han desarrollado algunos estudios prospectivos, como este de la Aesan que nos puede orientar en relación a la situación del níquel en algunos alimentos y los valores que se están manejando.
Seguir de forma proactiva los estudios y trabajos que se desarrollan por parte de EFSA es una buena práctica fundamental para que podamos anticiparnos a la evolución de legislación agroalimentaria. El caso del níquel es el mismo que se ha podido observar en un buen número de las anteriores modificaciones que ha sufrido el Reglamento 1881/2006 sobre contaminantes en alimentos y sus límites. Por ello, nuestra recomendación es que no sólo pongamos el acento en el control y seguimiento de la legislación, sino que también estemos muy pendientes de las publicaciones de EFSA en campos como el de los contaminantes, los residuos de plaguicidas o los aditivos alimentarios. En una palabra seamos proactivos ante el futuro de la regulación en nuestro sector.
Si necesitas un asesoramiento legal sobre temas relacionados con la evolución de la legislación y los elementos pre-normativos, en AINIA contamos con un equipo de especialistas que pueden ayudarte para que te anticipes a los cambios regulatorios que aplicarán a los productos alimenticios. También puedes comentar este artículo en el grupo de legislación alimentaria en LinkedIn.
José María Ferrer (414 artículos)
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