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Estamos finalizando el año y en nuestra línea de trabajo anticipatorio, queremos comentar algunos de los aspectos que consideramos serán novedad en el campo del Derecho Alimentario en 2017. En este artículo comentamos el futuro reglamento sobre control oficial, la situación en cuanto a los “nuevos impuestos para las bebidas azucaradas” y también aquellas disposiciones legales de ámbito nacional que debería haber sido aprobadas en 2016 y que confiamos en que lo sean el próximo ejercicio.
Desde 2013 la UE trabaja en esta revisión de la legislación en materia de control oficial, que por fin parece que en 2017 verá la luz y contaremos con el nuevo “macro reglamento en materia de control oficial”: ”Proyecto de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los controles oficiales y las demás actividades oficiales realizados con el fin de garantizar la aplicación de la legislación sobre los alimentos y los piensos, y de las normas sobre salud y bienestar de los animales, fitosanidad, materiales de reproducción vegetal y productos fitosanitarios y por el que se modifican:
El futuro reglamento sobre controles oficiales se centrará en los siguientes puntos:
En algunos países de la UE ya se han tomado medias en esta dirección. Es el caso de Francia, Noruega, Dinamarca y Hungría, entre otros. En nuestro entorno más próximo, ahora se plantean en Portugal y España, argumentando cuestiones vinculadas con la nutrición de la población y la lucha contra la obesidad.
La principal referencia legal en este tema es el Reglamento (CE) nº 1924/2006 relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos. Las propuestas pretenden mejorar la situación nutricional de los consumidores a través la fijación de impuestos o tasas, algo que está por ver si es realmente eficaz.
Sobre este tema ya escribimos en 2012 en el artículo: “Ingredientes con impiuestos, ¿uso terapéutico o afán recaudatorio?
Sobre este tema ya escribimos en 2012 en el artículo: “Ingredientes con impuestos, ¿uso terapéutico o afán recaudatorio?”, en el que exponíamos: “Desde nuestro punto de vista la legislación alimentaria debe estar centrada en el aseguramiento de las cuestiones inherentes a la seguridad, calidad y todos los aspectos vinculados a la producción de alimentos. Por ello, las cuestiones ligadas a la alimentación y nutrición de la sociedad deben estar encauzadas a través de campañas informativas y de concienciación, con herramientas como el etiquetado de los alimentos, que facilita la información más relevante para que los consumidores puedan actuar con conocimiento de causa y alimentarse de manera correcta”.
Todo parece indicar que en 2017 contaremos con este nuevo impuesto que afecta en especial a las bebidas azucaradas.
En el año que acaba han quedado pendientes de aprobación un elevado número de medidas normativas que es de esperar que en 2017 sean una realidad. Entre las más destacadas están:
Desde AINIA, ponemos a su disposición nuestro equipo de especialistas en Derecho Alimentario que podrá ayudarle en las cuestiones regulatorias que sobre estos temas puedan surgirle.
Asimismo, le animamos a que se sume al grupo sobre Legislación Alimentaria en LinkedIn y que conozca con más detalle cómo desde el Derecho Alimentario podemos ayudarle a garantizar su seguridad jurídica y alimentaria.
José María Ferrer (408 artículos)
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