José María Ferrer / 29 de Septiembre de 2021

Residuos de envases: Se amplía la responsabilidad del productor

Sale a información pública el proyecto de Real Decreto de envases y residuos de envases

Se acaba de abrir la consulta pública para el proyecto de real decreto de envases y residuos de envases, que estará abierta hasta el próximo 28 de octubre de 2021. En este artículo comentamos algunos de los elementos más destacables de la iniciativa.

La propuesta legislativa objeto de esta consulta da respuesta a la necesidad de transposición de la Directiva (UE) 2018/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases y la aplicación de la Directiva (UE) 2019/904, de 5 de junio de 2019, referidos a los envases de plástico de un solo uso.

Entre los aspectos más relevantes que afronta la nueva legislación se identifican los siguientes:

  • Impulsar la prevención en la producción de residuos de envases y su reutilización para lograr mayor eficiencia en la utilización de los recursos y reducir los efectos de los residuos de envases.
  • Nuevos objetivos de reciclado para 2025 y 2030.
  • Régimen de responsabilidad ampliada del productor para que los productores afectados asuman el coste real y total de la de gestión de los residuos de envases, considerando criterios de economía circular.
  • Responsabilidad ampliada del productor a los envases comerciales e industriales.
  • Establecer los mecanismos que permitan incrementar la transparencia sobre la información de envases y residuos de envases. En consecuencia, el fin último de esta norma lo constituye el avance hacia una economía más circular.

Prevención y reutilización de envases

Se plantean diversas medidas para apostar por la prevención y reutilización de los envases, entre las acciones que se proponen en los artículos 7 y 9 destacan:

Prevención desde la Administración Pública, planteando acciones para:

  • Fomentar del consumo de agua potable en sus dependencias y otros espacios públicos, mediante el uso de fuentes en condiciones que garanticen la higiene y la seguridad alimentaria o el uso de envases reutilizables.
  • Implantar alternativas a la venta y la distribución de bebidas envasadas y de vasos de un solo uso en eventos festivos, culturales o deportivos que tengan el apoyo de las administraciones públicas (a partir del 1 de enero de 2023).
  • Evitar la utilización de envases superfluos.

Las medidas adoptadas, siempre serán de tales características que no pongan en peligro las funciones esenciales del envase, ni los niveles de seguridad, higiene y aceptación necesarios para el producto envasado y el consumidor.

Prevención en el Comercio Minorista:

  • Presentar las frutas y verduras frescas sin utilizar envases de plástico. Esta obligación no se aplica a las frutas y hortalizas envasadas en lotes de 1,5 kilogramos o más, así como a las frutas y hortalizas que presentan un riesgo de deterioro cuando se venden a granel.
  • Fomentar la venta a granel de productos frescos sin envase.
  • Informar a sus clientes de las repercusiones ecológicas y de las obligaciones de gestión de los residuos de los envases, se tendrá en cuenta la superficie útil para la exposición y venta al público. En establecimientos con superficie igual o superior a 300 metros cuadrados:
    • Obligaciones del consumidor en lo referente a la devolución de los envases reutilizables y a la separación de los residuos de envases en los distintos contenedores.
    • Promoción de las bolsas y otros envases reutilizables para reducir el consumo innecesario de estos envases.
    • Disponibilidad en el comercio de las distintas gamas de envases por productos, distinguiendo tamaños, materiales y posibilidades de reutilización o reciclaje.

Reutilización, por parte de las Administraciones Públicas se proponen medidas para favorecer la reutilización de los envases usados. Las medidas que se propongan darán prioridad a las iniciativas para la normalización y estandarización de envases y la sustitución de envases de un solo uso por envases reutilizables y reutilizados en el marco de contratación de las compras públicas.

Además de la normalización, se dará la opción para suministrar envases reutilizables en el punto de venta o bien permitir que el consumidor pueda facilitar los suyos para ser rellenados en el establecimiento, siempre que estén visiblemente limpios y sean adecuados para la naturaleza del producto adquirido, siendo responsable de la higiene e idoneidad de los recipientes el consumidor.

Del mismo modo que con la prevención, las medidas de reutilización no pondrán en peligro las funciones esenciales del envase, ni comprometerán la higiene de los alimentos ni la seguridad de los consumidores.

En el caso de los establecimientos minoristas que comercialicen bebidas, para la adecuada reutilización deberán ofrecer en sus puntos de venta:

  • Al menos una referencia de bebida en envase reutilizable, si el establecimiento tiene una superficie comercial inferior a 120 m2.
  • Al menos tres referencias de bebida en envase reutilizable, si el establecimiento tiene una superficie comercial de 120 m2 o superior e inferior a 300 m2.

Dispondrán de dieciocho meses desde la entrada en vigor de este real decreto:

En el plazo de un año desde la entrada en vigor del real decreto:

  • Al menos cuatro referencias de bebida en envase reutilizable, si el establecimiento tiene una superficie comercial de 300 m2 o superior e inferior a 1.000 m2.
  • Al menos cinco referencias de bebida en envase reutilizable, si el establecimiento tiene una superficie comercial de 1.000 m2 o superior e inferior a 2.500 m2.
  • Al menos siete referencias de bebida en envase reutilizable, si el establecimiento tiene una superficie comercial de 2.500 m2 o superior.

El número de referencias mínimas de bebidas en envases reutilizables podrá ser incrementado mediante la aprobación de posteriores órdenes ministeriales.

Sistema de depósito, devolución y retorno (SDDR)

La futura regulación ha apostado de forma decida por los SDDR. Estos sistemas no son nuevos, ya que la legislación que derogará el real decreto los contemplaba, ahora bien, la puesta en marcha de estos sistemas de depósito, devolución y retorno de forma obligatoria si son novedosos.

Se propone que se establezca de forma obligatoria el SDDR para envases reutilizables, de manera que los productores estarán obligados a:

  • Cobrar a sus clientes, hasta el consumidor final y en concepto de depósito, una cantidad por cada unidad de envase que sea objeto de transacción.
  • Aceptar la devolución o retorno de los envases usados cuyo tipo, formato o marca comercialicen, devolviendo la misma cantidad que haya correspondido cobrar de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior.

El importe del depósito a exigir será fijado libremente por los sistemas de responsabilidad ampliada del productor en cuantía suficiente para garantizar el retorno de los envases usados, y no serán superiores al valor de su coste de reposición. Los sistemas de responsabilidad ampliada del productor deberán informar sobre el importe de la garantía que establezcan al minorista o detallista y, en su caso, al consumidor final.

Estos son algunos de los múltiples aspectos que van a modificar el escenario para los envases y residuos de envases. Es necesario que todos los operadores reflexionen sobre cómo afrontar los retos que se han planteado y prevean la toma de medidas en términos de prevención en el origen, uso de materiales más reciclables, identificación de nichos dónde se puedan introducir envases reutilizables, diseñar los envases para su reutilización y establecer mecanismos para la recogida e higienización de dichos envases, entre otros.

Desde AINIA ofrecemos un servicio de auditoria integral de envases a las empresas para ayudarles en la toma de decisiones e implementación de acciones orientadas a la adaptación de sus envases para cumplir con el nuevo marco regulatorio para los envases y residuos de envase. Una buena oportunidad para abordar estas cuestiones será la Jornada “Envases de papel/cartón para el sector alimentario” que tendrá lugar el próximo jueves 7 de Octubre, en la que se abordarán de forma preliminar los puntos que presenta el proyecto de real decreto y que atañen al sector del papel a través de las asociaciones ASPAPEL, REPACAR y ASPLA.

Si necesita un asesoramiento legal o técnico en relación con las cuestiones sobre los envases y residuos de envase, desde AINIA podemos ayudarles a través de nuestro equipo de especialistas en el ámbito jurídico alimentario y aspectos técnicos vinculados con los envases. También puede comentar este artículo en el grupo de legislación alimentaria en LinkedIn.

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José María Ferrer
Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios
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